La Constitución ya lo prohíbe
Desde diciembre de 2024, el maltrato animal está prohibido en México sin excepciones. El 3 de diciembre de 2024 entró en vigor una reforma al artículo 4° de la Constitución que prohíbe expresamente el maltrato animal y ordena al Estado —en todos sus niveles— garantizar la protección, el buen trato, la conservación y el cuidado de todos los animales. No hace excepciones por especie, por tradición ni por actividad económica.
En las corridas de toros, los animales son heridos deliberadamente con puyas, arpones y banderillas, debilitados de forma progresiva y sacrificados mediante estoques y puntillas en un proceso que prolonga su agonía. Eso es maltrato. Eso es exactamente lo que la Constitución prohíbe. Un permiso municipal no puede autorizar algo que la norma suprema del país prohíbe.


