Desde diciembre de 2024, la Constitución Política de México prohíbe expresamente el maltrato animal y obliga al Estado a garantizar la protección de todos los animales. Sin embargo, en plazas de toros de todo el país, toros y novillos siguen siendo heridos con instrumentos punzocortantes y sacrificados fuera de toda norma sanitaria, ante la inacción de autoridades municipales, estatales y federales.

AnimaNaturalis Internacional lleva años litigando en los tribunales de Aguascalientes, Jalisco, Hidalgo, Nuevo León y Guanajuato para que esto se detenga. En cada juicio, los jueces evitan resolver el fondo del asunto y cierran los casos con pretextos procesales. El resultado es siempre el mismo: los toros mueren y nadie responde.

Por eso hoy llevamos el caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Hemos presentado un escrito formal solicitando que al menos cinco de los nueve ministros y ministras ejerzan su facultad de atracción y, por fin, resuelvan la pregunta que los tribunales inferiores han evadido durante años: ¿puede un permiso municipal autorizar actos que la Constitución prohíbe? La respuesta debería ser obvia.

Necesitamos que la Corte también lo diga. Súmate.

La Constitución ya lo prohíbe. Exigimos que la Corte lo resuelva.

Escribe a los intergrantes del SCJN

Está en sus manos hacer justicia para los toros, y está en las tuyas que nos escuchen.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Máximo tribunal constitucional de México

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Hugo Aguilar Ortiz

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Ministro Presidente de la SCJN

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Giovanni Azael Figueroa Mejía

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Lenia Batres Guadarrama

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Arístides Rodrigo Guerrero García

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Irving Espinosa Betanzo

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Yasmín Esquivel Mossa

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Loretta Ortiz Ahlf

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María Estela Ríos González

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Sara Herrerías Guerra

Sara Herrerías Guerra

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Los argumentos jurídicos

La Constitución ya lo prohíbe

Desde diciembre de 2024, el maltrato animal está prohibido en México sin excepciones. El 3 de diciembre de 2024 entró en vigor una reforma al artículo 4° de la Constitución que prohíbe expresamente el maltrato animal y ordena al Estado —en todos sus niveles— garantizar la protección, el buen trato, la conservación y el cuidado de todos los animales. No hace excepciones por especie, por tradición ni por actividad económica.

En las corridas de toros, los animales son heridos deliberadamente con puyas, arpones y banderillas, debilitados de forma progresiva y sacrificados mediante estoques y puntillas en un proceso que prolonga su agonía. Eso es maltrato. Eso es exactamente lo que la Constitución prohíbe. Un permiso municipal no puede autorizar algo que la norma suprema del país prohíbe.

Los permisos municipales violan la ley federal

Los municipios tienen autonomía, pero no por encima de la Constitución ni de las leyes federales. La Ley Federal de Sanidad Animal es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional. Su artículo 20 establece que los animales deben estar libres de temor, angustia, molestias, dolor y lesiones innecesarias. Su artículo 23 regula de forma estricta las únicas causas y procedimientos legales por los que puede sacrificarse un animal.

Los toros sacrificados en corridas no cumplen ninguno de esos requisitos. La propia Constitución, en su artículo 115, obliga a los municipios a observar las leyes federales en el desempeño de sus funciones. Al otorgar estos permisos, los ayuntamientos incumplen el principio de supremacía constitucional consagrado en el artículo 133. Eso es lo que AnimaNaturalis ha documentado en cinco estados.

Un riesgo real para la salud pública

Los toros que mueren en las corridas terminan en carnicerías sin pasar un solo control sanitario. La propia Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural reconoce que la carne del toro de lidia se comercializa para consumo humano al finalizar el espectáculo. Un acta de verificación oficial de la Secretaría de Salud de Aguascalientes confirma que la Plaza de Toros Monumental opera sin autorización sanitaria y que la carne se vende a carnicerías en otros estados.

Las normas mexicanas —NOM-033-SAG-ZOO-2014 y NOM-009-ZOO-1994— exigen que los animales destinados al consumo humano sean sacrificados con insensibilización previa, en establecimientos autorizados y bajo supervisión veterinaria. Las plazas de toros no cumplen ninguna de estas condiciones. El Cuarto Tribunal Colegiado ya lo confirmó en 2024: existe un vínculo directo entre la tauromaquia y la salud pública.

El sistema judicial los deja sin salida

Cada vez que AnimaNaturalis impugna en amparo los permisos para una corrida de toros ocurre lo mismo: el juez niega la medida cautelar, la corrida se celebra, los toros mueren y el juicio se cierra por «actos consumados de imposible reparación». Así, año tras año, en cinco estados, ningún juez ha resuelto jamás si los permisos taurinos violan la Constitución.

Este patrón tiene un nombre: especismo procesal. Es el uso de categorías jurídicas aparentemente neutras para excluir sistemáticamente a los animales del acceso efectivo a la justicia. No es un error técnico: es una práctica estructural. La única salida de este círculo vicioso es que la Suprema Corte atraiga estos casos y los resuelva ella misma.

La propia Corte ya lo dijo antes

No estamos pidiendo a la Corte que invente un criterio nuevo. Ya existe jurisprudencia propia que respalda plenamente nuestra posición. En 2018, la Primera Sala resolvió que la prohibición de peleas de gallos es constitucional y que el maltrato animal no está protegido por la libertad de trabajo ni por el derecho a la cultura. En 2024, esa misma Sala resolvió que incluso la libertad religiosa puede limitarse cuando su ejercicio implica crueldad animal.

También en 2024, la Corte definió jurídicamente qué es «crueldad animal» y qué es «maltrato animal»: conductas intencionales que causan dolor, sufrimiento y muerte. Esa definición describe con precisión lo que ocurre en una corrida de toros. La Corte ya puso las palabras; solo falta que las aplique a la tauromaquia.

Dos años de desacato sin consecuencias

En abril de 2024, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió el amparo a AnimaNaturalis en el caso 82/2024 y ordenó a la Secretaría de Agricultura que ejerciera sus facultades de vigilancia en los espectáculos taurinos para verificar el cumplimiento de las normas de bienestar animal. La sentencia fue clara, detallada y obligatoria.

Dos años después, la SADER no ha cumplido ninguno de esos mandatos. Cada requerimiento del juzgado ha sido respondido con excusas competenciales ya rechazadas por el propio Tribunal. Eso se llama desacato: una autoridad federal que se niega deliberadamente a cumplir una sentencia firme. La Suprema Corte debe conocer este antecedente porque ilustra con claridad la impunidad que rodea a la tauromaquia en México.

The Road to the Supreme Court

1

2007 — AnimaNaturalis en México is founded in Mexico

AnimaNaturalis is formally established in Mexico as a nonprofit civil association. From its founding, organization directs his work toward strategic litigation as a tool for real change. Bullfighting is identified from the outset as one of the primary targets of legal action.

2

2018 — Amparo en revisión 163/2018: a key precedent

The First Chamber of the Supreme Court resolves amparo 163/2018 on the prohibition of cockfighting in Veracruz. The Chamber establishes that animal cruelty is not protected by freedom of work or cultural rights, and that the State may prohibit cruel practices even when deeply rooted in tradition. AnimaNaturalis identifies this ruling as directly applicable to bullfighting.

3

2023 — First amparo against bullfighting in Mexico City and the ruling that blocked everything

The association Justicia Justa files an amparo in Mexico City and obtains a temporary suspension of bullfights as a precautionary measure. However, in December 2023, the First Chamber of the Supreme Court overturns the suspension through incidente en revisión 2/2023, arguing that the association lacked legitimate standing and that precautionary measures cannot restrict previously acquired rights such as bullfighting licenses. This ruling becomes the main judicial obstacle: from then on, all judges across the country invoke it to deny suspensions, bullfights proceed, and cases are closed as consummated acts without ever resolving the constitutional merits.

4

January 2024 — Citizens' initiative in Mexico City

A citizens' signature drive begins in Mexico City to present a priority citizens' initiative aimed at forcing the local Congress to vote on banning bullfighting for the first time. AnimaNaturalis participates actively. The initiative surpasses the required 31,000 signatures and is formally presented on September 1, 2024. For months, Morena and Clara Brugada's administration fail to advance the initiative and even introduce legal obstacles.

5

May 2024 — Amparo 82/2024: firm ruling against SADER

The Fourth Collegiate Court in Administrative Matters of the First Circuit grants amparo 82/2024 to AnimaNaturalis and orders the Ministry of Agriculture (SADER) to exercise its supervisory powers at bullfighting events to verify compliance with animal welfare standards. The ruling is final and irrevocable. During enforcement proceedings, an official inspection judicially confirms that bulls used in bullfights are later sold for human consumption, in violation of health regulations. SADER will begin refusing to comply with the ruling.

6

December 2024 — Constitutional reform to Article 4°: animal cruelty is prohibited

The Congress of the Union approves a constitutional reform advanced by President Claudia Sheinbaum that adds to Article 4° of the Constitution an explicit prohibition of animal cruelty and an obligation for the State to guarantee the protection, proper treatment, conservation, and care of all animals. The provision includes no exceptions for species, tradition, or economic activity. It is the most significant legal change in animal protection in Mexico's history. That same month, the Mexico City Congress unanimously approves the regulation of bullfighting events, banning the use of sharp instruments and the killing of the bull in the ring.

7

April 2025 — Aguascalientes: first lawsuit under the new Constitution

AnimaNaturalis files amparo 381/2025 before the First Federal District Court in Aguascalientes against municipal permits for bullfights at the National San Marcos Fair, invoking for the first time the December 2024 constitutional reform. The petition requests only the suspension of sharp instruments, not the cancellation of the event. The judge denies both provisional and final suspension. In July, the petitioner submits an official health inspection report confirming that bulls are sent for human consumption in violation of health regulations. The judge dismisses the amparo the day after receiving this evidence, without analyzing the merits. The Tribunal confirms the ruling in December without addressing the constitutional issues.

8

September–November 2025 — Simultaneous lawsuits in Hidalgo, Jalisco, and Nuevo León

AnimaNaturalis challenges bullfighting permits in three more states: amparo 2027/2025 in Pachuca, Hidalgo (September); amparo 2088/2025 in Guadalajara, Jalisco (October); and amparo 1152/2025 in Monterrey, Nuevo León (October). In all three cases, suspension is requested citing the new Constitution. In all three, judges deny precautionary measures by mechanically applying the Court's 2023 ruling. Procedural timelines in Nuevo León are delayed in ways that coincide with non-working days, making any legal challenge impossible. The bullfights take place. All three cases are dismissed without resolving the constitutional merits.

9

September 2025 — Second lawsuit in Aguascalientes: ongoing omissions

AnimaNaturalis files amparo 973/2025 against the governor of Aguascalientes and various state and municipal agencies, this time for ongoing failures to comply with constitutional, environmental, and health standards. The judge dismisses the case as inadmissible. AnimaNaturalis files a complaint and the Collegiate Tribunal orders the case to proceed. In March 2026, the judge dismisses the case again, citing lack of legitimate standing because the petitioner has no domicile in Aguascalientes. The case remains active under review.

10

January 2026 — Fifth front: León, Guanajuato

AnimaNaturalis files amparo 28/2026 before the Fourth District Court in Guanajuato against the permits issued by the municipality of León —one of the states with the highest number of bull breeding ranches in the country— for bullfights between January and May 2026. The request seeks the suspension of the use of sharp instruments only. The judge denies both the provisional and definitive suspensions, again applying the 2023 criteria set by the Supreme Court. AnimaNaturalis files a motion for review before the Collegiate Circuit Court. The judge dismisses the amparo again, arguing that, according to the other judges, the challenged acts had already been consummated. However, she acknowledges that constitutional and federal law applies to bullfights, but disclaims jurisdiction to rule, arguing that SADER did not request the Municipality of León to enforce federal regulations. The case remains active under review.

11

April 2026 — The petition to the Supreme Court: #AtraeloCORTE

AnimaNaturalis en México presents a formal petition to the Supreme Court of Justice of the Nation requesting that the highest court exercise its power of attraction over five ongoing review appeals in Aguascalientes, Jalisco, Hidalgo, Nuevo León, and Guanajuato. The document documents the systematic pattern of procedural speciesism, builds the case for the unconstitutionality of bullfighting permits under the new Constitution, establishes the public health risk, and asks the Court to set jurisprudential standards that give real effect to the constitutional protection of animals. At least 5 of the 9 justices must vote to attract the cases. The #TauromaquiaIlegal campaign begins.

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¿Puede una tradición ser inconstitucional? Hoy, AnimaNaturalis y CAS Internacional presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cinco recursos de revisión contra corridas de toros en Aguascalientes, Guadalajara, León, Monterrey y Pachuca. Lo que resuelva el máximo tribunal definirá el destino legal de la tauromaquia en México.

¿Qué puedes hacer hoy?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene 9 ministros y ministras. Solo necesitamos que 5 de ellos ejerzan la facultad de atracción para que este caso sea debatido en el más alto tribunal del país. Tú puedes marcar la diferencia.

1. Firma la petición — Añade tu nombre a la solicitud ciudadana que le pide a la Corte Suprema que atraiga el escrito de AnimaNaturalis y resuelva de una vez si las corridas de toros son constitucionales en México. Cada firma es un mensaje directo a los ministros: la ciudadanía los está observando.

2. Escríbele a los ministros y ministras — Aquí encontrarás las fotos y redes sociales de los nueve integrantes de la Corte. Tómate dos minutos y mándales un tweet. Tenemos una artillería de mensajes listos para que no tengas que escribir nada desde cero. El respeto y la persistencia son nuestras mejores herramientas.

3. Difunde la campaña — Comparte esta página, el hashtag #TauromaquiaIlegal y el llamado #AtraeloCORTE en todas tus redes. Cuantas más personas conozcan este caso, mayor será la presión para que la Corte actúe. La visibilidad es poder.

4. Apoya económicamente — Este litigio lleva años y continúa. Los recursos legales, las traducciones, los peritajes, los viajes a los juzgados y el tiempo de los abogados tienen un costo real. Si puedes hacer un donativo, por pequeño que sea, nos ayudas a mantener la presión hasta que haya justicia.

En abril de 2026, AnimaNaturalis en México presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación un escrito formal solicitando que el máximo tribunal del país ejerza su facultad de atracción sobre cinco recursos de revisión que se encuentran en trámite en distintos estados de México. Todos ellos tienen algo en común: cuestionan la legalidad de los permisos municipales que autorizan corridas de toros a la luz de la reforma constitucional que desde diciembre de 2024 prohíbe el maltrato animal en México.

El escrito tiene más de cien páginas. Está construido sobre años de litigios en Aguascalientes, Jalisco, Hidalgo, Nuevo León y Guanajuato.

Documenta un patrón judicial sistemático que impide resolver el fondo del asunto, desarrolla el concepto de «especismo procesal», analiza la incompatibilidad de los permisos taurinos con la Constitución y las leyes federales, y presenta una propuesta de nuevos criterios jurisprudenciales que la Corte podría establecer.

No es un panfleto. Es un documento jurídico riguroso, fundamentado en precedentes de la propia Suprema Corte, en normas oficiales mexicanas, en actas de verificación de autoridades sanitarias y en dictámenes veterinarios de la UNAM. Es el resultado de casi dos décadas de trabajo de una organización que cree que el derecho puede y debe proteger a los animales.

Léelo. Compártelo. Y apoya la campaña para que la Corte lo resuelva.

Apoya el litigio. Sostén la presión.

Cada corrida de toros que AnimaNaturalis impugna en los tribunales cuesta tiempo, recursos y energía. Los costos legales, los traslados a los juzgados, los peritajes, las copias certificadas, los recursos de queja y los escritos de revisión tienen un costo real. Y mientras la Suprema Corte no resuelva, el litigio continúa.

Tu donativo —cualquier monto— nos permite mantener activos los juicios, cubrir los gastos procesales y seguir documentando los casos que le presentamos a la Corte.